La Superintendencia de Telecomunicaciones, emitió un decreto mediante el cual se ordena que la empresa de telefonía celular Movistar, instale, administre y opere, una nueva plataforma para el sistema prepago y planes controlados.
La SUPTEL decidió las siguientes características: Redundancia geográfica, (que ubique la plataforma en dos sitios o ciudades diferentes para que si la una tiene problemas, la otra reaccione y siga brindando el servicio); alta disponibilidad óptima (99,999% del tiempo); y, contar con un sistema de comunicaciones de respaldo, en caso de que falle su red de transporte de datos.
La medida se emitió el 23 de enero de 2008, y da un plazo de 120 días a la empresa Movistar, para cumplir con la misma.
Esta sentencia se produce porque el 20 de noviembre del 2007, la plataforma de prepago con tecnología de la telefónica falló por el tiempo aproximado de una hora y 21 minutos en la central de la ciudad de Quito y 53 minutos en la ciudad de Guayaquil, ocasionando la interrupción y la congestión del servicio de telefonía móvil celular a los usuarios de prepago.